En un arriendo en UF, la renta se fija en UF y se paga en pesos con el valor de la UF del día que diga el contrato, normalmente el día del pago. Así el monto sube de a poco con la inflación, sin esperar un reajuste anual. Hoy, un arriendo de 15 UF son $617.123.
- UF × valor del díaasí se calcula el pago
- $617.12315 UF con la UF de hoy
- +$22.125subió en un año un arriendo de 15 UF
- La fecha del contratodefine qué UF usar
Cómo se calcula el pago de cada mes
Multiplica la renta en UF por el valor de la UF del día que fije tu contrato. Si dice «el día del pago», usa la UF del día en que pagas. Para ver el valor de un día, usa el conversor o la guía UF de mañana, que muestra cada día hasta el 9 del próximo mes.
Contrato de arrendamiento
Tercero. Renta. La renta mensual será de 15 Unidades de Fomento, pagadera en pesos según el valor de la UF del día del pago.
Cuarto. Pago. La renta se pagará por mes anticipado, dentro de los primeros 5 días de cada mes.
Quinto. Garantía. El arrendatario entrega una garantía equivalente a un mes de renta, que se devolverá al término del contrato.
Sexto. Plazo. El contrato dura un año y se renueva por períodos iguales.
Un año de pagos reales
Así cambió, mes a mes, un arriendo de 15 UF pagado el día 5, con la UF oficial de cada fecha:
- nov 2025$594.348primer pago
- dic 2025$594.654+$306
- ene 2026$596.207+$1.553
- feb 2026$595.399−$809
- mar 2026$597.285+$1.886
- abr 2026$597.626+$341
- may 2026$602.802+$5.176
- jun 2026$610.431+$7.629
- jul 2026$612.509+$2.078
- ago 2026$612.672+$163
- sept 2026$613.205+$534
- oct 2026$616.472+$3.267
Entre el primer y el último pago, la cuota subió +$22.125. En el año, el arrendatario pagó $7.243.609 en total. Las alzas siguen al IPC; en los meses en que el IPC fue negativo o cero, la cuota casi no cambió o bajó.
¿Conviene pagar antes? Un poco: la UF cambia cada día. Por ejemplo, el 5 de octubre de 2026 la cuota fue $616.472; el día 10 de ese mes habría sido $617.044. La diferencia es pequeña, pero pagar dentro del plazo evita además el reajuste por atraso.
Qué revisar en el contrato
- Qué UF se usa: la del día del pago, la del día 1 o la del vencimiento. Cambia el monto.
- Día de pago: hasta qué día puedes pagar sin atraso.
- Garantía: cuánto es, si está en UF o en pesos y cuándo se devuelve.
- Gastos comunes y cuentas: quién los paga. Suelen ir aparte de la renta.
- Plazo y renovación: cuánto dura y cómo se avisa el término.
Si tu contrato está en pesos con reajuste anual por IPC, la calculadora de arriendos te ayuda a comparar con uno en UF.
Lo que dice la ley de arriendos
La ley 18.101 regula el arriendo de viviendas urbanas. Algunos puntos útiles:
- Si pagas con atraso, el monto se reajusta según lo que haya variado la UF entre el día en que debías pagar y el día en que pagas. Lo mismo vale para las devoluciones atrasadas, como la garantía (artículo 21).
- Si el arrendador no quiere recibir el pago o no da recibo, puedes depositar la renta en la Tesorería que corresponda al inmueble; ese pago cuenta como hecho al arrendador (artículo 23).
- En contratos mes a mes o sin plazo, el arrendador debe avisar el término por vía judicial o por un notario, con al menos dos meses de anticipación, más un mes por cada año completo que lleves en la vivienda, con un máximo de seis meses (artículo 3).
- En contratos de plazo fijo de hasta un año, el arrendador solo puede pedir la restitución ante el juez, y tienes dos meses desde que te notifican la demanda (artículo 4).
- Los contratos por escrito llevan las firmas autorizadas por un notario (artículo 20).
Esto es un resumen para orientarte. Ante un conflicto, revisa tu contrato y consulta a un abogado o a la Corporación de Asistencia Judicial.
Fuentes
- Ley 18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos (Biblioteca del Congreso Nacional): artículos 3, 4, 20, 21 y 23.
- Valores de la UF de cada día de pago: serie oficial en el histórico de Valor UF.