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Ahorro

APV en UF: ¿régimen A o régimen B? Cuál conviene según tu sueldo

Cuánto te aporta el Estado en el régimen A, cuánto impuesto ahorras en el B según tu tramo, desde qué sueldo conviene cada uno y qué pasa si sacas la plata antes.

Por Pablo Valenzuela A. · Actualizada el

UF de hoy1 UF = $41.252,941 de noviembre de 2026

APV: aporte anual y límites de referencia

Referencia con la UF y UTM vigentes. Los límites anuales definitivos usan los valores de diciembre del año del ahorro.

Ahorro en 12 meses$1.200.000
Bonificación A de referenciaFaltan las cotizaciones15% del ahorro elegible, hasta 6 UTM; sujeto a las condiciones del beneficio.
Rebaja de base imponible B de referencia$1.200.000Este monto es una deducción de la base, no el impuesto ahorrado.

Valores usados: 1 UF = $41.253 · 1 UTM = $72.440. Fecha: 2026-11-01.

Cómo se calculan estas referencias

A: el 15% del menor entre el ahorro anual y diez veces las cotizaciones obligatorias anuales, con un tope de 6 UTM. B: referencia del aporte anual con límite de 600 UF. Los descuentos vía empleador tienen además un límite de 50 UF mensuales. Otros aportes APV o APVC consumen los mismos límites; esta herramienta supone que no existen aportes adicionales.

La bonificación y el ahorro tributario real dependen del cumplimiento de las condiciones, el régimen, la situación tributaria y los valores oficiales al cierre del año. No se determina una tasa de impuesto a partir de tu sueldo líquido.

Beneficios y condiciones del APV — Superintendencia de Pensiones · Límites del año tributario 2026 — SII

El APV es un ahorro para tu pensión, aparte de la cotización obligatoria. Al abrirlo eliges un régimen. En el A, el Estado te bonifica el 15% de lo que ahorras, con un tope de 6 UTM al año. En el B, lo que ahorras se descuenta de tu sueldo para calcular el impuesto. Regla simple: si tu tramo de impuesto es de 13,5% o menos, suele convenir el A; si es de 23% o más, el B.

  • 15% del Estadorégimen A, hasta 6 UTM al año ($434.640)
  • Menos impuestorégimen B, según tu tramo
  • 600 UF al añotope sumando A y B ($24.751.764)
  • Puedes cambiarde régimen para los aportes futuros

Un ejemplo con números

Una persona ahorra $100.000 al mes en APV, es decir, $1.200.000 al año.

En el régimen A, el Estado le bonifica el 15%: $180.000 al año, sea cual sea su sueldo. El tope de 6 UTM ($434.640) se alcanza ahorrando $2.897.600 al año; sobre eso, la bonificación ya no crece.

En el régimen B, lo que ahorra en impuesto depende de su tramo. Si todo el ahorro cae dentro del mismo tramo, el ahorro de impuesto es el ahorro anual multiplicado por la tasa de ese tramo:

Sueldo imponible mensualTramoRégimen B: impuesto que ahorras al añoConviene
hasta $977.9400%$0Régimen A
$977.940 a $2.173.2004%$48.000Régimen A
$2.173.200 a $3.622.0008%$96.000Régimen A
$3.622.000 a $5.070.80013,5%$162.000Régimen A
$5.070.800 a $6.519.60023%$276.000Régimen B
$6.519.600 a $8.692.80030,4%$364.800Régimen B
$8.692.800 a $22.456.40035%$420.000Régimen B
más de $22.456.40040%$480.000Régimen B

El sueldo imponible es el bruto menos las cotizaciones obligatorias (AFP, salud y seguro de cesantía), no el líquido. Los tramos están en UTM y se convierten con la UTM de este mes, $72.440.

Es una aproximación. Si el ahorro te hace bajar de tramo, el beneficio del régimen B queda entre las dos tasas. Prueba tu caso en la calculadora del comienzo.

Topes y condiciones

  • Tope total: la suma de lo que ahorras en A y en B no puede pasar de 600 UF por año calendario.
  • Régimen B por planilla: lo que tu empleador descuenta de tu sueldo rebaja el impuesto cada mes, hasta 50 UF mensuales. Lo que deposites directo se rebaja en la declaración de renta de abril, hasta completar las 600 UF.
  • Bonificación del régimen A: se calcula sobre lo que ahorras, hasta 10 veces lo que cotizaste obligatoriamente en el año. El Estado la deposita cada año en una cuenta aparte, y es tuya cuando usas el ahorro para tu pensión.
  • Cambiar de régimen: siempre puedes elegir el otro para los aportes que vienen. Lo ya ahorrado sigue en su régimen.

Si retiras antes de pensionarte

El APV se puede retirar, pero tiene costo:

  • Régimen A: por cada retiro, se devuelve al Fisco el 15% de lo que retiras desde la cuenta de bonificación. Lo que ahorraste no paga impuesto, pero la ganancia que generó sí.
  • Régimen B: el retiro paga un impuesto único. Su tasa sale de dividir cuánto sube tu impuesto global complementario del año por el monto retirado; ese porcentaje se multiplica por 1,1 y se le suman 3 puntos. Al retirar te retienen el 15%, que se descuenta del impuesto final en la declaración de abril. Si ya estás pensionado o cumples los requisitos para pensionarte, no se aplican el factor ni los 3 puntos.

Por eso el APV conviene con plata que no vas a necesitar antes de jubilar.

Cómo abrir un APV, paso a paso

  1. Revisa tu tramo de impuesto en tu liquidación de sueldo: ahí aparece el impuesto único que te descuentan.
  2. Elige el régimen con la tabla de arriba.
  3. Elige dónde ahorrar: en tu AFP o en una institución autorizada, como un banco, una compañía de seguros o una administradora de fondos. Compara comisiones y en qué invierten.
  4. Elige cómo aportar: por planilla, para que tu empleador lo descuente cada mes, o con depósitos directos.
  5. Revisa tu cartola cada año y, si cambia tu sueldo, evalúa cambiar de régimen para los aportes nuevos.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué régimen de APV me conviene?

Si tu tramo de impuesto único es de 13,5% o menos, o no pagas impuesto, suele convenir el régimen A, porque el Estado te bonifica el 15%. Si tu tramo es de 23% o más, el régimen B te ahorra más impuesto que esa bonificación.

¿Cuánto es lo máximo que me bonifica el Estado en el régimen A?

El 15% de lo que ahorras, con un tope de 6 UTM al año (hoy, unos $434.640). Se valora con la UTM de diciembre del año en que ahorras.

¿Cuánto puedo ahorrar en APV con beneficio tributario?

Hasta 600 UF por año calendario, sumando los dos regímenes. En el régimen B, por planilla, hasta 50 UF al mes.

¿Puedo sacar la plata del APV antes de jubilar?

Sí, pero en el régimen A se devuelve al Fisco el 15% de lo retirado y la ganancia paga impuesto. En el régimen B el retiro paga un impuesto único con recargo, y te retienen un 15% al retirar.

¿Puedo cambiarme del régimen A al B?

Sí. Puedes elegir el otro régimen para los aportes que hagas desde ese momento. Lo que ya ahorraste se queda en el régimen con que lo depositaste.

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